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¿AGILIZACIÓN PROCESAL O ELIMINACIÓN PROCESAL?

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 19/2011, pág. 2451 a 2464

I. INTRODUCCIÓN. II. MODIFICACIONES EN EL RECURSO DE QUEJA. 1. El recurso de queja como medio de impugnación accesorio. 2. Situación actual: se exige la interposición previa de recurso de súplica y la aportación de testimonio de las resoluciones recurridas. 3. La nueva regulación de la LMAP: supresión del recurso de reposición/súplica...

I. INTRODUCCIÓN. II. MODIFICACIONES EN EL RECURSO DE QUEJA. 1. El recurso de queja como medio de impugnación accesorio. 2. Situación actual: se exige la interposición previa de recurso de súplica y la aportación de testimonio de las resoluciones recurridas. 3. La nueva regulación de la LMAP: supresión del recurso de reposición/súplica previo y sustitución del testimonio de la resolución recurrida por copia de la misma. 4. Juicio crítico de la reforma. III. Modificaciones en las competencias de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en materia de extranjería. IV. AMPLIACIÓN DEL FUERO ELECTIVO COMO REGLA DE COMPETENCIA TERRITORIAL. 1. Situación actual: fuero electivo limitado a los recursos en materia de personal, propiedades especiales (aguas, minas, montes, etc.) y sanciones. 2. El fuero electivo en la LMAP: su ampliación a los recursos en materia de responsabilidad patrimonial. 3. Juicio crítico de la reforma. V. MODIFICACIONES EN MATERIA DE PRUEBA EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO. 1. Situación actual: separación entre las fases de petición del recibimiento a prueba y de proposición de los concretos medios de prueba por las partes así como entre las decisiones judiciales sobre admisión o no del recibimiento a prueba y sobre admisión o rechazo de cada uno de los medios de prueba propuestos. 2. La prueba en la LMAP: unificación de las fases de petición del recibimiento a prueba y de proposición de los concretos medios de prueba por las partes así como de las decisiones judiciales sobre admisión o no del recibimiento a prueba y sobre admisión o rechazo de cada uno de los medios de prueba propuestos. 3. Juicio crítico. VI. MODIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO. 1. Elevación a 30.000 euros de las cuestiones que pueden ventilarse en ese procedimiento. 2. La situación actual teórica del procedimiento abreviado: contestación a la demanda oral y vista obligatoria. 3. La situación actual práctica del procedimiento abreviado: contestación a la demanda escrita y vista obligatoria. 4. Las modificaciones de la LMAP: posibilidad de contestación a la demanda por escrito y de supresión de la vista y de la prueba. 5. Juicio crítico. VII. MODIFICACIÓN DE LA CUANTÍA PARA ACCEDER AL RECURSO DE APELACIÓN. 1. La cuantía hasta ahora vigente: más de 18.000 euros. 2. La cuantía que establece la LMAP: más de 30.000 euros. VIII. LAS MODIFICACIONES EN EL RECURSO CASACIÓN ORDINARIO. 1. La cuantía exigida hasta la LMAP para acceder al recurso de casación ordinario: más de 150.000 euros. 2. La cuantía que establece la LMAP para acceder al recurso de casación ordinario: más de 600.000 euros. IX. LAS MODIFICACIONES EN LOS RECURSOS DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. 1. La cuantía exigida hasta la LMAP para acceder a los recursos de casación para la unificación de doctrina: más de 18.000 euros. 2. La cuantía que establece la LMAP para acceder a los recursos de casación para la unificación de doctrina: más de 30.000 euros. X. MODIFICACIÓN EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. XI. MODIFICACIONES EN CUANTO A LAS MEDIDAS CAUTELARES PROVISIONALÍSIMAS. 1. Situación actual. 2. La primera modificación de la LMAP: posibilidad de sustituir la comparecencia por alegaciones escritas. 3. La segunda modificación de la LMAP: audiencia del Ministerio Fiscal en el supuesto de actos administrativos de retorno de menores de edad a sus países de origen. 4. Juicio crítico. XII. MODIFICACIONES EN CUANTO A LAS COSTAS. 1. La situación actual: la aplicación en primera o única instancia del criterio de la temeridad o mala fe. 2. La modificación de la LMAP: se instaura el crierio objetivo del vencimiento en la imposición de costas en la primera o única instancia. 3. La situación actual de exclusión de las costas del importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional. 4. En la LMAP ya se incluye en las costas el importe de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional. 5. Juicio crítico. XIII. LOS PROCESOS EN TRÁMITE Y LA ENTRADA EN VIGOR PREVISTOS EN LA LMAP. 1. La entrada en vigor de la LMAP. 2. Los procesos en tramitación a la entrada en vigor de la LMAP. XIV. JUICIO CRÍTICO GLOBAL DE LA LMAP. XV. EPÍLOGO.

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¿Alterando los elementos reglados de la discrecionalidad municipal? A propósito de la excepcionalidad en el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica

Serrano Romera, Alejandro

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 2/2022, pág. 1 a 5

I. Situando lo ampliamente conocido. II. Discrecionalidad administrativa y autonomía procedimental en materia acústica. III. Cuestión de fondo. IV. Conclusión.


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¿Cómo gestionar el riesgo en mi Administración? Lo resolvemos a la luz de la Guía de la AEPD

Davara Fernández de Marcos, Elena

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2021, pág. 1 a 5

I. Comencemos por el principio… II. Documento clave para toda Administración ¡Conozcamos la Guía de la AEPD! III. Un paso más allá: El proceso de gestión del riesgo en la práctica del día a día en una Administración. IV. ¿Es posible gestionar el riesgo en mi Administración? Sí, pero requiere esfuerzo.


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¿Cómo se acredita la representación ante la Administración?

Pleite Guadamillas, Francisco

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2017, pág. 119 a 121


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¿Cómo suspender una sanción administrativa?

Pleite Guadamillas, Francisco

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2017, pág. 85 a 88


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¿CONOCE EL MINISTERIO DE JUSTICIA LA NATURALEZA Y ALCANCE DEL DERECHO DE PETICIÓN?

IBÁÑEZ GARCÍA, ISAAC

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 15/2012, pág. 1777 a 1785

I. Introducción. II. El criterio del Ministerio de Justicia. III. Conclusión.


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¿CUÁNDO VA A MODIFICARSE EL ARTÍCULO 46 DE LA LJCA (PLAZO PARA RECURRIR EL SILENCIO ADMINISTRATIVO?

RODRÍGUEZ CARBAJO, JOSÉ RAMÓN

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 12/2009, pág. 1468 a 1476

I. EL SUPUESTO DE HECHO DE LA STS DE 31 DE MARZO DE 2009. II. LA MOTIVACIÓN DEFECTUOSA Y LA INCONGRUENCIA OMISIVA COMO MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN. 1. Su formulación al amparo del art. 88.1.c) de la LJCA. 2. La motivación de las resoluciones judiciales. 3. La incongruencia omisiva. 4. Inexistencia de esas vulneraciones en el recurso...

I. EL SUPUESTO DE HECHO DE LA STS DE 31 DE MARZO DE 2009. II. LA MOTIVACIÓN DEFECTUOSA Y LA INCONGRUENCIA OMISIVA COMO MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN. 1. Su formulación al amparo del art. 88.1.c) de la LJCA. 2. La motivación de las resoluciones judiciales. 3. La incongruencia omisiva. 4. Inexistencia de esas vulneraciones en el recurso de casación que culminó con la STS de 31 de marzo de 2009. III. EL PLAZO PARA INTERPONER RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO EN LOS SUPUESTOS DE SILENCIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 1. El art. 46 de la LJCA. 2. Los intentos del Tribunal Supremo para impedir que las Administraciones se beneficien de su pasividad. a) La equiparación de los actos presuntos a los expresos con notificación defectuosa (STS de 28-1-2003). b) Si la Administración no ha realizado la comunicación prevista en el art. 42.4 de la LRJPAC (las Administraciones Públicas, dentro de los diez días siguientes a la recepción de una solicitud, enviarán una comunicación a los interesados informándoles del plazo máximo establecido para la resolución y notificación de los procedimientos así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo) no comienza a correr el plazo de seis meses para interponer recurso contencioso-administrativo previsto en el art. 46.1 de la LJCA (STS de 23-1-2004 y 4-4-2005). IV. LA STS DE 31 DE MARZO DE 2009 RATIFICA QUE NO PUEDE DECLARARSE EXTEMPORÁNEO UN RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CUANDO LA ADMINISTRACIÓN NO HA CONTESTADO AL CIUDADANO EN LA VÍA ADMINISTRATIVA. V. EPÍLOGO.

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¿Cuestiones nuevas o nuevos motivos de impugnación?

martín Valero, Ana Isabel

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 5/2018, pág. 1 a 7

I. Introducción. II. La fijación de la pretensión. III. Distinción entre cuestiones nuevas y nuevos motivos de impugnación: Análisis de algunos supuestos concretos. IV. Conclusiones. V. Especial consideración de la prescripción en materia tributaria.


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¿EL SECTOR DEL TURISMO COMO RAMA INDEPENDIENTE DEL ORDENAMIENTO JURIDICO?

MARTIN BERNAL, JOSE MANUEL

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 31/2001, pág. 1101

1. El panorama. 2. Desde la protección del turismohasta su regulación legal. 3. El consumidor como turista ysu protección actual. 4. La formación de los profesionalesdel sector y su importancia en el tema. 5. ¿Hacia una ramaindependiente del ordenamiento jurídico?.


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¿Es la admisión de un licitador a un procedimiento de adjudicación de un contrato un acto de trámite susceptible de recurso especial en materia de contratación? Análisis de la STJUE de 5 de abril de 2017

Rodríguez Puñal, Elicia

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 6/2017, pág. 47 a 51

I. Introducción. II. Origen de la controversia. III. La cuestión prejudicial planteada. IV. La sentencia del TJUE. V. Conclusiones.


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¿Es posible adoptar medidas cautelares durante la sustanciación del recurso de casación?

González de Lara Mingo, Sandra

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2020, pág. 1 a 4

I. Breve introducción. II. Exposición de las distintas posturas del Tribunal Supremo. III. Juicio crítico a la posición mayoritaria del Tribunal Supremo.


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¿Es posible la aportación de medios de prueba con el escrito de conclusiones?

González de Lara Mingo, Sandra

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2022, pág. 1 a 4

I. Breve introducción. II. Recurso de Casación y auto de admisión. III. Respuesta del Tribunal Supremo.


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¿Es posible limitar la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales para el planteamiento de cuestiones prejudiciales?

Martín Valero, Ana Isabel

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2022, pág. 1 a 7

I. Introducción. II. La STJUE de 23 de noviembre de 2021 (asunto C-564/19). III. Configuración y presupuestos de la cuestión prejudicial. IV. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. V. Prohibición de obstáculos internos a la facultad del órgano nacional...

I. Introducción. II. La STJUE de 23 de noviembre de 2021 (asunto C-564/19). III. Configuración y presupuestos de la cuestión prejudicial. IV. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. V. Prohibición de obstáculos internos a la facultad del órgano nacional que conoce del asunto para el planteamiento de la cuestión prejudicial. VI. Consecuencias de las limitaciones a la facultad del órgano jurisdiccional nacional para el planteamiento de la cuestión. VII. La posición del Tribunal de Justicia. VIII. La vinculación del órgano jurisdiccional nacional a las decisiones del Tribunal de Justicia. IX. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de no someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. X. Conclusiones.

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¿Es posible limitar la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales para el planteamiento de cuestiones prejudiciales?

Martín Valero, Ana Isabel

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2022, pág. 1 a 7

I. Introducción. II. La STJUE de 23 de noviembre de 2021 (asunto C-564/19). III. Configuración y presupuestos de la cuestión prejudicial. IV. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. V. Prohibición de obstáculos internos a la facultad del órgano nacional...

I. Introducción. II. La STJUE de 23 de noviembre de 2021 (asunto C-564/19). III. Configuración y presupuestos de la cuestión prejudicial. IV. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. V. Prohibición de obstáculos internos a la facultad del órgano nacional que conoce del asunto para el planteamiento de la cuestión prejudicial. VI. Consecuencias de las limitaciones a la facultad del órgano jurisdiccional nacional para el planteamiento de la cuestión. VII. La posición del Tribunal de Justicia. VIII. La vinculación del órgano jurisdiccional nacional a las decisiones del Tribunal de Justicia. IX. Sobre la facultad de los órganos jurisdiccionales nacionales de no someter al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. X. Conclusiones.

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¿Es subsanable la defectuosa proposición de la prueba? Auto del Tribunal Supremo de 28 de julio de 2015

Fernández- Lomana García, Manuel

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2016, pág. 24 a 25

1. La proposición de prueba. 2. La posibilidad de subsanación. 3. El auto de 28 de julio de 2015 (Rec. 20/2015). 4. Conclusiones.



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¿EXISTE UN DERECHO A NO NACER CON LIMITACIONES? COMENTARIO AL INFORME DEL COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE ETICA DE FRANCIA, CON MOTIVO DEL CASO PERRUCHE.

ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZ, JOSE MARIA

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2002, pág. 1

1. La persona disminuida y la sociedad. 2. ¿Existeun derecho a no nacer con limitaciones físicas o psíquicas?3. La reclamación en nombre de una persona disminuida oincapaz. 4. Acción ejercitada por una persona disminuidaque está en posesión de su capacidad de juicio. 5. Elriesgo de una presión "normativa" sobre los profesionales...

1. La persona disminuida y la sociedad. 2. ¿Existeun derecho a no nacer con limitaciones físicas o psíquicas?3. La reclamación en nombre de una persona disminuida oincapaz. 4. Acción ejercitada por una persona disminuidaque está en posesión de su capacidad de juicio. 5. Elriesgo de una presión "normativa" sobre los profesionales ylos padres. 6. El compromiso ético de la sociedad con losciudadanos más desfavorecidos. 7. Conclusión.

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¿EXISTE UN DERECHO A NO NACER? UNA RELECTURA DE LA JURISPRUDENCIA DE LA COUR DE CASSATION EN EL ASUNTO PERRUCHE

LESAUVAGE, CHRISTOPHE

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 41/2002, pág. 1189

1. Un error médico: el fallo en la información. 2. La existencia de un daño reparable para la madre y el niño. 3. La relación de causalidad.


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¿Hasta qué momento es válido el desistimiento de la parte en la vía contencioso-administrativa?

González de Lara Mingo, Sandra

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 3/2020, pág. 1 a 3

I. Breve introducción. II. Límite temporal al desistimiento en la primera instancia. III. Límite temporal al desistimiento en la fase de recursos de apelación y recurso de casación.


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¿Hay obligación de portar el DNI en todo momento?

Soldevila Fragoso, Santiago

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2022, pág. 1 a 5

I. Los hechos de la sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de octubre de 2021, asunto A. C-35/20. II. Cuestiones prejudiciales. III. La respuesta del Tribunal de Justicia. IV. El razonamiento del Tribunal de Justicia. V. Las conclusiones del Abogado General. VI. Comentario.


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¿Hay obligación de portar el DNI en todo momento?

Soldevila Fragoso, Santiago

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 1/2022, pág. 1 a 5

I. Los hechos de la sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de octubre de 2021, asunto A. C-35/20. II. Cuestiones prejudiciales. III. La respuesta del Tribunal de Justicia. IV. El razonamiento del Tribunal de Justicia. V. Las conclusiones del Abogado General. VI. Comentario.


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¿La Administración sufre Diógenes digital? o la Administración sufre Diógenes digital

Davara Fernández de Marcos, Laura

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2023, pág. 1 a 4

I. Extraño título...pero hay una razón. II. Síndrome de Diógenes versus Síndrome de Diógenes Digital. III. Diógenes Digital en cifras. IV. Causas y orígenes del Diógenes Digital. V. Características del Diógenes Digital. VI. A.D.D.: Anti-Diógenes Digital. VII. Diógenes Digital en la Administración Pública. VIII. Diógenes...

I. Extraño título...pero hay una razón. II. Síndrome de Diógenes versus Síndrome de Diógenes Digital. III. Diógenes Digital en cifras. IV. Causas y orígenes del Diógenes Digital. V. Características del Diógenes Digital. VI. A.D.D.: Anti-Diógenes Digital. VII. Diógenes Digital en la Administración Pública. VIII. Diógenes Digital versus Protección de datos en la Administración Pública. IX. Conocimiento, coherencia, cumplimiento y privacidad contra el Diógenes Digital en la Administración Pública.

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¿Por qué, cuándo y cómo debo, como Administración Pública, comunicar a los ciudadanos una brecha de seguridad?

Davara Fernández de Marcos, Laura

ACTUALIDAD ADMINISTRATIVA, n.º 4/2020, pág. 1 a 8

I. Introducción. II. ¿Qué entendemos por «Violación de seguridad»? III. Normativa a tener en cuenta en caso de una violación de seguridad. IV. Profundizando en la Violación de seguridad ¿En qué se concreta en la práctica? V. Protocolo de actuación ante una brecha de seguridad. VI. Comunicación al interesado: cuestiones de...

I. Introducción. II. ¿Qué entendemos por «Violación de seguridad»? III. Normativa a tener en cuenta en caso de una violación de seguridad. IV. Profundizando en la Violación de seguridad ¿En qué se concreta en la práctica? V. Protocolo de actuación ante una brecha de seguridad. VI. Comunicación al interesado: cuestiones de interés. VII. Conclusiones.

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