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Espigado Guedes, Diego
DIARIO LA LEY, n.º 9030/2017, pág. 1 a 6
I. Introducción. II. La fundamentación jurídica de la sentencia del Tribunal Constitucional. III. Sobre si la situación del contribuyente incumplidor que regulariza en las condiciones del artículo 305.4 CP y la del que lo hace vía declaración tributaria especial son parangonables en cuanto a que ambos han incumplido su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica. IV. Sobre si la situación del contribuyente incumplidor que regulariza en las condiciones del artículo 305.4 CP se coloca "en situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir". V. Conclusión.