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La diligencia de entrada por la policía en pisos turísticos: los conceptos de domicilio y de delito

López Jara, Manuel

DIARIO LA LEY, n.º 9836/2021, pág. 1 a 17

I. Introducción. II. La diligencia de entrada y, en su caso, registro. 1. Concepto y finalidad. 2. Naturaleza. 3. Ámbito: delitos graves (concepto material de gravedad). 4. Tipología y régimen legal aplicable. 5. Régimen legal aplicable. III. Punto de partida: la inviolabilidad del domicilio como derecho fundamental. 1. Concepto de domicilio a efectos de su protección constitucional por el art. 18.2 CE. 2. Criterios a los que acudir en caso de duda. 3. Algunos supuestos, en concreto, que tienen o no la consideración de domicilio. V. Entrada y registro en lugares cerrados que no tienen la consideración de domicilio. V. La entrada y registro en el domicilio o morada con el consentimiento de su titular. 1. Qué supone consentir y quién debe consentir. 2. Requisitos para la validez del consentimiento. 3. En particular, forma y documentación del consentimiento. VI. Entrada y registro en caso de flagrante delito1. 1. Concepto y naturaleza del delito flagrante. 2. Elementos que determinan la existencia de un delito flagrante y necesidad de su prueba. 3. Distinción entre entradas por delito flagrante y entradas en casos de estado de necesidad. 4. En particular, el delito (flagrante) de desobediencia por la negativa a identificarse ante la Policía que acude a una fiesta «ilegal». VII. Consecuencias de la incorrecta ejecución de la entrada y registro. 1. Infracciones legales: pérdida de carácter de prueba preconstituida. 2. Nulidad absoluta de la diligencia por vulneración de derechos fundamentales. Alcance. Antijuridicidad de la prueba. 3. Delito de allanamiento de morada. VIII. Conclusión.

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