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ACTIVIDADES CLASIFICADAS. EL REGIMEN DE DISTANCIAS ENTRE EXPLOTACIONES SUJETAS AL R.A.M.I.N.P. Y DE ESTAS AL CASCO URBANO, Y SU INTERPRETACION FLEXIBLE POR LA JURISPRUDENCIA (I)

CATALAN SENDER, JESUS

LA ADMINISTRACION PRACTICA, n.º 4/2002, pág. 337

I. Base normativa. II. El régimen de distancias entre explotaciones ganaderas y su interpretación flexible por la jurisprudencia. Referencia a las distancias exigibles en caso de ampliación de explotaciones ganaderas, en caso de formar parte de Agrupaciones de Defensa Sanitaria y en caso de ser anteriores al R.A.M.I.N.P. III. Los Ayuntamientos pueden fijar, mediante Ordenanza, las distancias mínimas entre bares y otros establecimientos productores de ruido. IV. Las distancias de las industrias y explotaciones al casco urbano. Referencia al tema de las distancias a viviendas ilegales y al de los conflictos que se suscitan al construirse viviendas próximas a pequeñas explotaciones ganaderas, cuando éstas fueron primeras en el tiempo o viceversa. V. Sucinta referencia a la impugnación del régimen de distancias ante la jurisdicción civil.

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