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El límite al asociacionismo local según la Ley de Autonomía Local de Andalucía: el control de fondos públicos. El caso especial de los grupos de desarrollo rural.

Julio José Enriquez Mosquera

Publicado el 29 de abril de 2021 en Revista Digital CEMCI, n.º 49

SUMARIO: 1. Introducción: Recapitulando el confuso asociacionismo local en España 2. La Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y su intento de ordenar el sector público local 3. El derecho de asociación de las Entidades Locales para la gestión de sus competencias mediante la ejecución de obras y servicios y su derecho fundamental de asociación 4. Asociaciones de municipios para la gestión de obras y servicios: Las entidades de cooperación territorial reguladas en la Ley de Bases de Régimen Local y la Ley de Autonomía Local de Andalucía 5. El derecho de asociación de los municipios entre sí fuera de las posibilidades de creación de entidades locales 5.1. Posibilidad de asociación de los municipios para la promoción y protección de sus intereses comunes conforme a la legislación de régimen local (Disposición Adicional 5ª de la Ley de Bases de Régimen Local) 5.2. Posibilidad de asociación de los municipios como derecho fundamental reconocido en la Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Asociación 6. El derecho de asociación de los municipios con entidades privadas 7. El caso especial de los Grupos de Desarrollo Rural (o Grupos de Acción Local) en Andalucía y las aportaciones de los municipios 7.1. Legislación específica de los Grupos de Desarrollo Local 7.2. Legislación General de las Asociaciones 7.3. Legislación específica de régimen local 8. Conclusiones

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